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Guía · Contratación pública

Pliegos: PCAP y PPT

Los pliegos son los documentos que fijan las reglas de una licitación. El pliego de cláusulas administrativas particulares (PCAP) dice cómo se licita: requisitos, solvencia, criterios de adjudicación, garantías, plazos y penalidades. El pliego de prescripciones técnicas (PPT) dice qué hay que hacer y con qué calidad.

El PCAP, cláusula a cláusula

Objeto y lotes; presupuesto base y valor estimado; plazo de ejecución y prórrogas; procedimiento; la solvencia exigida y cómo se acredita; los criterios de adjudicación con su peso (fórmulas y juicios de valor) y el umbral de oferta anormalmente baja; la garantía definitiva, que es el 5 % del precio de adjudicación; las condiciones especiales de ejecución (sociales, ambientales); la subcontratación permitida; las penalidades; la revisión de precios; y los anexos, entre ellos el modelo de oferta y la declaración responsable (el DEUC), que hay que presentar tal cual. Lo aprueba el órgano de contratación y lo informa el servicio jurídico.

El PPT

Describe la prestación: qué se entrega o se hace, en qué plazos, con qué medios, con qué calidad y cómo se comprueba. No puede citar marcas ni fabricantes salvo con «o equivalente», y no puede meter requisitos de solvencia ni criterios de adjudicación, que son del PCAP. Un PPT redactado a la medida de un proveedor es el primer sitio donde se ve una licitación dirigida.

Qué leer primero

  • Los criterios y su peso: si el precio pesa el 80 % o la memoria técnica el 50 % cambia toda la estrategia.
  • La solvencia y la clasificación: si no se cumple, lo demás no importa.
  • El presupuesto y el valor estimado, el plazo de presentación y si hay visita obligatoria o muestras.
  • Las aclaraciones que el órgano publica en el perfil al responder preguntas: forman parte de las reglas.

Si un pliego es ilegal

Contra los pliegos cabe recurso especial en materia de contratación cuando el contrato supera cierto importe (obras y concesiones de más de 3.000.000 € de valor estimado; suministros y servicios de más de 100.000 €), ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales o el tribunal autonómico, en 15 días hábiles desde su publicación. Es gratuito. Presentado contra la adjudicación, suspende la firma del contrato automáticamente; contra los pliegos no, salvo que el tribunal acuerde la medida cautelar. Por debajo de esos importes, recurso de alzada o contencioso.

Dónde verlo en OpenMoney

Norma de referencia: Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP). Texto revisado el . No es asesoramiento jurídico: comprueba las cifras vigentes en el pliego o en las bases de cada caso. Todos los términos de la guía.