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OpenMoney

Guía · Contratación pública

Contrato menor

Un contrato menor es el que una administración adjudica directamente, sin licitación, por su importe pequeño: menos de 40.000 € en obras y menos de 15.000 € en servicios y suministros, siempre sin IVA (artículo 118 de la LCSP).

Qué exige la ley

  • Un informe del órgano de contratación que justifique la necesidad y diga que no se está troceando un contrato mayor para esquivar los umbrales.
  • La aprobación del gasto y la factura; en obras, además, el presupuesto y, si toca, el proyecto.
  • Un año como máximo y sin prórroga (artículo 29.8).

No hace falta anuncio previo, ni pliegos, ni solvencia: el órgano elige a quien quiere. Por eso la ley lo limita al importe y a la duración, y por eso conviene mirarlo con datos.

Cómo se publica

Desde 2018 cada órgano tiene que publicar sus contratos menores en su perfil del contratante al menos cada tres meses, con el objeto, la duración, el importe con y sin IVA y el adjudicatario (artículo 63.4). Quedan fuera de esa publicación los de menos de 5.000 € pagados por anticipo de caja fija o un sistema parecido. OpenMoney lee el feed de contratos menores de la PLACSP (las series empiezan en 2022); los que se publican en una plataforma autonómica propia no siempre llegan.

Por qué importan

Son la inmensa mayoría de los contratos en número y una parte pequeña del importe; cuántos son cada año y qué parte del importe suponen en cada comunidad lo cuenta, con la cifra al día, la historia el peso de los contratos menores. Lo que se mira en ellos es la repetición: el mismo órgano al mismo proveedor, varias veces al año, sumando más que el umbral. Es la regla «menores encadenados» de las señales de OpenMoney: tres o más menores del mismo órgano al mismo proveedor en doce meses cuya suma supera 15.000 € en servicios y suministros o 40.000 € en obras.

Menor no es lo mismo que pequeño

Un contrato de 14.000 € puede licitarse por abierto simplificado abreviado si el órgano quiere; y un contrato de 16.000 € en servicios ya no puede ser menor. Los umbrales son de valor estimado, sin IVA, y cuentan las prórrogas y modificaciones previstas, que en un menor no caben.

Dónde verlo en OpenMoney

Norma de referencia: Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP). Texto revisado el . No es asesoramiento jurídico: comprueba las cifras vigentes en el pliego o en las bases de cada caso. Todos los términos de la guía.