Guía · Contratación pública
Órgano de contratación
El órgano de contratación es la parte de una administración con competencia para firmar contratos en su nombre: el alcalde, la Junta de Gobierno o el pleno de un ayuntamiento, un consejero, un ministro, el gerente de un hospital o el consejo de administración de una empresa pública. Cada uno tiene su perfil del contratante y sus propias licitaciones.
Quién es en cada administración
- Estado: los ministros y secretarios de Estado, los presidentes o directores de los organismos, y las Juntas de Contratación de cada ministerio para los contratos corrientes.
- Comunidades autónomas: los consejeros y los directores de sus organismos, servicios de salud, universidades y empresas públicas.
- Ayuntamientos y diputaciones: el alcalde o presidente hasta el 10 % de los recursos ordinarios del presupuesto y 6 millones de euros; el pleno por encima (disposición adicional segunda de la LCSP). Muchos lo delegan en la Junta de Gobierno.
Todos son «poderes adjudicadores» sometidos a la LCSP, aunque no todos son administración pública: una empresa pública licita con reglas algo más flexibles por debajo de los umbrales europeos.
El código DIR3
El Directorio Común de Unidades Orgánicas y Oficinas da a cada unidad de la administración un código público: empieza por E en el Estado, por A y el código de la comunidad en las autonómicas, por L en las entidades locales. La PLACSP identifica con él a cada órgano, y OpenMoney lo usa para asignar cada órgano a su administración y a su municipio. Los órganos que llegan de las plataformas autonómicas sin ese código no se pueden asignar y aparecen como «sin asignar».
La mesa de contratación
Es el órgano de asistencia que abre las ofertas, las valora y propone la adjudicación: un presidente, un secretario y vocales, entre ellos el interventor y el asesor jurídico. Su composición se publica en el perfil. En el simplificado abreviado no es obligatoria.
En OpenMoney
La ficha de un órgano reúne todo lo que ha publicado: licitaciones abiertas hoy, contratos adjudicados por año, mayores proveedores, reparto por procedimiento, qué contrata por categoría y dónde tienen la sede sus proveedores. Las fichas de administración y de municipio suman las de sus órganos.
Dónde verlo en OpenMoney
Norma de referencia: Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP). Texto revisado el . No es asesoramiento jurídico: comprueba las cifras vigentes en el pliego o en las bases de cada caso. Todos los términos de la guía.