Saltar al contenido
OpenMoney

En plazo de ofertasLicitación · Alcaldía del Ayuntamiento de Loja · expediente 2026/3764

Proyectos y dirección de obras de reparación de infraestructuras urbanas en Loja

Contrato de servicios para la redacción de los proyectos de ejecución, dirección de obras y coordinación de seguridad y salud para las obras de reparación de infraestructuras urbanas en el Municipio de Loja. Contrato financiado con cargo a las ayudas de la AGE, a través del MPT, previstas en el art. 7 del RD-Ley 5/2026, de 17 de febrero. Financiación prevista 227.845,29 euros

Enunciado oficial del anuncio; el título de arriba lo ha escrito la IA a partir de él.

Alcaldía del Ayuntamiento de Loja admite ofertas hasta el 17/11/2026 (quedan 18 días) para este contrato de servicios por procedimiento abierto, con un presupuesto de 188.302 € sin IVA en 5 lotes. En los últimos 3 años no ha adjudicado ningún otro contrato en estas categorías (CPV 713, 715), según PLACSP.

Ver el expediente en la plataforma de origen Categoría CPV 713Categoría CPV 715Licitaciones abiertas en Granada

Plazo de ofertas

18

días · hasta el 17/11/2026 a las 23:59

Presupuesto

188.302 €

sin IVA · 5 lotes

Antecedentes del órgano

0

sin contratos del órgano en CPV 713, 715 en 3 años

Anunciado

28/10/2026

en PLACSP

  • Contrato de servicios

    Servicios de consultoría en ingeniería y construcción

  • Granada

    Lugar de ejecución del contrato.

  • Procedimiento abierto

    Presentación electrónica

  • Dura 24 meses

    Sin prórroga publicada en el anuncio.

  • 5 lotes

    Ofertas a uno o varios lotes · máximo 5 por oferta · máximo 3 por adjudicatario.

Qué se contrata

Expediente
2026/3764
Tipo de contrato
Servicios · Servicios de arquitectura; servicios de ingeniería y servicios integrados de ingeniería; servicios de planificación urbana y servicios de arquitectura paisajista. Servicios conexos de consultores en ciencia y tecnología. Servicios de ensayos y análisis técnicos
Procedimiento
Abierto
Lugar de ejecución
Granada

Lotes (5)

LoteObjetoSin IVACPV
114.- Reparación urbanización Riofrío38.656 €71310000, 71318000, 71520000, 71317210, 71322000, 71317200
215.- Reparación Urbanización La Colina. 16.- Reparación Urbanización El Viso43.358 €71310000, 71318000, 71520000, 71322000, 71317200, 71317210
317.- Reparación Urbanización El Terciado. 31.- Reparación redes calle Caminillo de Loja26.475 €71310000, 71318000, 71520000, 71317200, 71317210, 71322000
419.- Reparación Paseo Narváez y Avda. España. 58.- Reparación Avda. Pérez del Álamo46.388 €71310000, 71520000, 71317210, 71322000, 71318000, 71317200
520.- Red pluviales Virgen Blanca y Gallego Burín. 33.- Reparación saneamiento calle Antequera33.425 €71310000, 71322000, 71318000, 71317200, 71317210, 71520000

Según el anuncio publicado en PLACSP; los pliegos mandan.

Plazos y presentación de ofertas

Anuncio de licitación
28/10/2026
Fin del plazo de ofertas
17/11/2026 a las 23:59 · quedan 18 díasObservaciones; La PLCSP se rige por horario peninsular. Se recomienda descargar la herramienta de presentación de ofertas con tiempo suficiente y no esperar a presentar la oferta al último momento, para poder solventar, en su caso, cualquier problema técnico que pudiera surgir. Herramienta: Guía de los servicios de Licitación Electrónica para Empresas que podrán encontrar en el siguiente enlace: https://contrataciondelestado.es/wps/portal/guiasAyuda.
Presentación de ofertas
Electrónica
Presentación por lotes
Ofertas a uno o varios lotes · máximo 5 por oferta · máximo 3 por adjudicatario
Duración del contrato
24 meses
Más detalles
Obtención de documentación
hasta el 17/11/2026
Variantes
No se admiten

Fechas del anuncio; la hora límite y las notas, tal como las publica el órgano.

Importes y financiación

Presupuesto base sin IVA
188.302 €
Presupuesto con IVA
227.845 €
Financiación
No hay financiación con fondos de la UE

Presupuestos publicados, enteros; el valor estimado incluye prórrogas y opciones.

Condiciones del anuncio

Criterios de adjudicación

Por fórmula, 55 % · por juicio de valor, 45 %

  • MEMORIA TECNICA · juicio de valor45 %

    Se presentará una memoria técnica conforme a las reglas y formato de la cláusula 12.1 del PCAP.

  • PLAZO DE REDACCIÓN · fórmula10 %

    Plazo ofertado en días naturales se ofetará en el Anexo VI. El plazo de redacción se ofertará y valorará de forma independiente para cada lote. Cada licitador indicará, para cada lote al que concurra, un plazo entero expresado en días naturales, comprendido entre sesenta (60) y ciento veinte (120) días, ambos inclusive. La reducción se limita al intervalo comprendido entre 120 y 60 días y no permite minorar contenidos, estudios, comprobaciones, controles o nivel de definición técnica.

  • PRECIO / BAJA ECONÓMICA · fórmula, precio35 %

    En el ANEXO VI, se indicará una baja económica porcentual independiente para cada lote ofertado, expresada en porcentaje con dos decimales. La oferta económica se formulará separadamente para cada lote al que concurra el licitador. Para cada lote deberá indicarse expresamente el porcentaje de baja ofertado (con dos decimales) respecto de su presupuesto base de licitación. Los porcentajes de baja podrán ser diferentes entre los distintos lotes a los que concurra un mismo licitador. No se admitirán ofertas económicas globales para una combinación o conjunto de lotes ni se admiten ofertas integradoras en los términos del artículo 99.5 de la LCSP. La oferta económica de cada lote será valorada exclusivamente frente a las restantes ofertas admitidas en ese mismo lote.

  • EXPERIENCIA DEL TÉCNICO RESPONSABLE · fórmula10 %

    Respecto de cada lote ofertado se identificará un técnico responsable y sus referencias de experiencia en el Anexo VI.

Solvencia y requisitos

Solvencia económica y financiera
  • Seguro de indemnización

    Ver cláusulas 10.1 y 10.2 del PCAP. El licitador deberá acreditar, a su elección, uno de los medios previstos en la cláusula 10.2 del PCAP, referidos al VEC de referencia determinado en la cláusula 10.1 PCAP: b) seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe no inferior al VEC de refe… Ver todo

    Ver cláusulas 10.1 y 10.2 del PCAP. El licitador deberá acreditar, a su elección, uno de los medios previstos en la cláusula 10.2 del PCAP, referidos al VEC de referencia determinado en la cláusula 10.1 PCAP: b) seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe no inferior al VEC de referencia. Los licitadores deberán cumplimentar estos datos en el Anexo I DEUC (sobre A). La acreditación se exigirá al licitador propuesto como adjudicatario, sin perjuicio de las comprobaciones que legalmente procedan, en el trámite del art. 150.2 LCSP. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por la entidad aseguradora, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, junto a un compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante la ejecución del contrato o mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, en los casos en que proceda. Si la póliza ya estuviera vigente, deberá acreditarse asimismo el compromiso de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de la cobertura durante la ejecución del contrato. Ver cláusula 18.5.c.1 del PCAP.

  • Cifra anual de negocio

    Ver cláusulas 10.1 y 10.2 del PCAP. El licitador deberá acreditar, a su elección, uno de los medios previstos en la cláusula 10.2 del PCAP, referidos al VEC de referencia determinado en la cláusula 10.1 PCAP: a) volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio de los tres últimos disponibles,… Ver todo

    Ver cláusulas 10.1 y 10.2 del PCAP. El licitador deberá acreditar, a su elección, uno de los medios previstos en la cláusula 10.2 del PCAP, referidos al VEC de referencia determinado en la cláusula 10.1 PCAP: a) volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio de los tres últimos disponibles, igual o superior a 1,5 veces el VEC de referencia. Los licitadores deberán cumplimentar estos datos en el Anexo I DEUC (sobre A). La acreditación se exigirá al licitador propuesto como adjudicatario, sin perjuicio de las comprobaciones que legalmente procedan, en el trámite del art. 150.2 LCSP. Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. La acreditación podrá igualmente realizarse mediante un "certificado de importe neto de la cifra de negocios" expedido por la AEAT o con la aportación del resumen de la declaración del IVA presentada a Hacienda (modelo 390). Ver cláusula 18.5.c.1 del PCAP.

Solvencia técnica o profesional
  • Técnicos o unidades técnicas

    Las empresas de nueva creación, con antigüedad inferior a cinco años, acreditarán la solvencia técnica por los medios alternativos del artículo 90.4 LCSP, sin exigirles la relación mínima de servicios antes indicada, con carácter general, en la cláusula 10.3 del PCAP. Las empresas de nueva creación… Ver todo

    Las empresas de nueva creación, con antigüedad inferior a cinco años, acreditarán la solvencia técnica por los medios alternativos del artículo 90.4 LCSP, sin exigirles la relación mínima de servicios antes indicada, con carácter general, en la cláusula 10.3 del PCAP. Las empresas de nueva creación podrán acreditar su solvencia por los siguientes medios, conjuntamente: a) Declaración responsable con indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de que disponga para la ejecución del contrato. Y ello sin perjuicio de la adscripción a que se refiere la cláusula 10.4.1 del PCAP. b) Declaración responsable de disponer de los medios materiales, equipos y recursos técnicos suficientes y adecuados para la correcta ejecución de las prestaciones correspondientes a los lotes que puedan ser adjudicados, sin exigirse la titularidad ni la identificación individualizada de equipos concretos salvo que resulte necesaria para acreditar el cumplimiento de alguna obligación específica establecida en los pliegos. .Los licitadores deberán cumplimentar esta declaración de personal técnico o unidades técnicas y de medios materiales, equipos y recursos técnicos suficientes en el Anexo I DEUC (sobre A). La acreditación se exigirá al licitador propuesto como adjudicatario, sin perjuicio de las comprobaciones que legalmente procedan, en el trámite del art. 150.2 LCSP, Con ocasión de la presentación de la documentación justificativa referida en el art. 150.2º de la LCSP. El licitador deberá presentar documentación acreditativa de la disponibilidad efectiva del personal, unidades, medios, equipos y recursos de los anteriores apartados a) y b) de la cláusula 10.3 del PCAP. Ver cláusula 18.5.c.2 del PCAP.

  • Otros

    Adscripción del técnico responsable conforme a la cláusula 10.4 del PCAP. De conformidad con los artículos 76.2 y 76.3 de la LCSP, el licitador asumirá el compromiso específico de adscribir un técnico responsable de forma permanente a cada lote al que presente oferta. Dicho profesional que habrá de… Ver todo

    Adscripción del técnico responsable conforme a la cláusula 10.4 del PCAP. De conformidad con los artículos 76.2 y 76.3 de la LCSP, el licitador asumirá el compromiso específico de adscribir un técnico responsable de forma permanente a cada lote al que presente oferta. Dicho profesional que habrá de cumplir los requisitos de titulación, atribuciones profesionales y funciones establecidos en el apartado 8.1 del PPTP, deberá ser identificado nominativamente con ocasión de la presentación de la documentación justificativa referida en el art. 150.2º de la LCSP. Igualmente, en ese trámite del art. 150.2 LCSP deberá presentarse documentación acreditativa de su disponibilidad efectiva por el licitador para su adscripción a la ejecución del contrato. Los licitadores cumplimentarán el Anexo II, Declaración Responsable Unificada. Sólo el licitador propuesto para adjudicación, en el trámite del art. 150.2 LCSP, deberá identificar nominalmente al técnico adscrito y acreditar su disponibilidad efectiva, conforme a la cláusula 18.5.d del PCAP.

  • Trabajos realizados

    Ver cláusula 10.3 del PCAP. Como regla general, se acreditará mediante relación de los principales servicios de igual o similar naturaleza realizados en los tres últimos años. El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución deberá ser igual o superior al 70% del VEC de referencia, según se d… Ver todo

    Ver cláusula 10.3 del PCAP. Como regla general, se acreditará mediante relación de los principales servicios de igual o similar naturaleza realizados en los tres últimos años. El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución deberá ser igual o superior al 70% del VEC de referencia, según se define en la cláusula 10.1 del PCAP. Los licitadores deberán cumplimentar esta relación de trabajos en el Anexo I DEUC (sobre A). La acreditación se exigirá al licitador propuesto como adjudicatario, sin perjuicio de las comprobaciones que legalmente procedan, en el trámite del art. 150.2 LCSP. En ese momento, se acreditará mediante aportación de los documentos acreditativos de los servicios o trabajos incorporados en la declaración del DEUC (Anexo I). Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente de los mismos cuando la destinataria sea una entidad del sector público; cuando la destinataria sea una entidad privada, mediante un certificado expedido por ésta o, a falta de este certificado, mediante una declaración de la persona licitadora acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. En caso de que la persona licitadora hubiera participado como subcontratista en licitaciones anteriores, podrá acreditar su solvencia técnica o profesional mediante los certificados de buena ejecución de subcontratistas que se hubiesen expedido al efecto. Ver cláusula 18.5.c.2. del PCAP. Las empresas de nuevas creación podrán, además y de forma alternativa, acreditar su solvencia técnica o profesional por los demás medios previstos en la cláusula 10.3 del PCAP.

  • Maquinaria, material y equipo técnico para la ejecución del contrato

    Las empresas de nueva creación, con antigüedad inferior a cinco años, acreditarán la solvencia técnica por los medios alternativos del artículo 90.4 LCSP, sin exigirles la relación mínima de servicios antes indicada, con carácter general, en la cláusula 10.3 del PCAP. Las empresas de nueva creación… Ver todo

    Las empresas de nueva creación, con antigüedad inferior a cinco años, acreditarán la solvencia técnica por los medios alternativos del artículo 90.4 LCSP, sin exigirles la relación mínima de servicios antes indicada, con carácter general, en la cláusula 10.3 del PCAP. Las empresas de nueva creación podrán acreditar su solvencia por los siguientes medios, conjuntamente: a) Declaración responsable con indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de que disponga para la ejecución del contrato. Y ello sin perjuicio de la adscripción a que se refiere la cláusula 10.4.1 del PCAP. b) Declaración responsable de disponer de los medios materiales, equipos y recursos técnicos suficientes y adecuados para la correcta ejecución de las prestaciones correspondientes a los lotes que puedan ser adjudicados, sin exigirse la titularidad ni la identificación individualizada de equipos concretos salvo que resulte necesaria para acreditar el cumplimiento de alguna obligación específica establecida en los pliegos. .Los licitadores deberán cumplimentar esta declaración de personal técnico o unidades técnicas y de medios materiales, equipos y recursos técnicos suficientes en el Anexo I DEUC (sobre A). La acreditación se exigirá al licitador propuesto como adjudicatario, sin perjuicio de las comprobaciones que legalmente procedan, en el trámite del art. 150.2 LCSP. Con ocasión de la presentación de la documentación justificativa referida en el art. 150.2º de la LCSP, el licitador deberá presentar documentación acreditativa de la disponibilidad efectiva del personal, unidades, medios, equipos y recursos de los anteriores apartados a) y b) de la cláusula 10.3 del PCAP. Ver cláusula 18.5.c.2 del PCAP.

Condiciones especiales de ejecución
  • Consideraciones tipo social

    Respecto del personal, el cumplimiento efectivo de las obligaciones salariales, laborales y de Seguridad Social que resulten legal y convencionalmente aplicables, con especial atención al pago puntual de salarios y a la aplicación de las condiciones retributivas mínimas establecidas en el convenio colectivo. Ver cláusula 28.3 PCAP.

  • Consideraciones de tipo ambiental

    La ejecución del contrato se organizará de modo que se reduzcan los consumos de papel y soportes físicos y se eviten desplazamientos carentes de necesidad técnica. Cláusula 28.2 del PCAP.

Garantías y declaraciones

Garantías
  • Definitiva5 %
Declaraciones exigidas
  • No prohibición para contratar
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Capacidad de obrar

Criterios de adjudicación, solvencia, garantías y declaraciones tal como las publica el anuncio; los pliegos mandan.

El pliego, leído por IA

Beta

Con el plan Pro puedes pedir que la IA lea el pliego y complete esta ficha, con cada dato citado y su página. Ver planes.

Pliegos y documentos

15 documentos del anuncio; los enlaces abren la plataforma de origen.

Historial de anuncios

  • 28/10/2026Anuncio de Pliegos · Perfil del contratante
  • 28/10/2026Anuncio de Licitación · Perfil del contratante

Cada publicación del expediente; varias del mismo tipo y medio son rectificaciones.

Los antecedentes cruzan las adjudicaciones del mismo órgano en las mismas categorías CPV a tres dígitos en los últimos tres años (resultado adjudicado o formalizado, adjudicatario identificado, importe no sospechoso); lo explica la metodología.