ResueltaLicitación · Dirección Provincial de Educación en Valladolid · expediente A2026/010047
Adquirir equipamiento específico para unidades de Primer Ciclo de Educación Infantil en varios centros de Educación Infantil y Primaria, y Escuelas de Educación Infantil de Valladolid y Provincia
Dirección Provincial de Educación en Valladolid adjudicó este contrato de suministros por procedimiento abierto simplificado en 2 lotes a 1 empresa por 56.807 € sin IVA en total (2 adjudicaciones). En los últimos 3 años, Consejería de la Presidencia de la Junta de Castilla y León, la entidad de la que depende, ha adjudicado 820 contratos en estas categorías (CPV 375, 391) a 198 empresas distintas, con un importe medio de 8782 € y una baja media del 9 %, según PLACSP.
Ver el expediente en la plataforma de origen Categoría CPV 391Categoría CPV 375Licitaciones abiertas en Castilla y León
Adjudicado
56.807 €
2 adjudicaciones sin IVA
Baja
9 %
sobre 62.408 € de presupuesto base
Licitadores
1
como máximo en una adjudicación
Presupuesto
62.408 €
sin IVA · 2 lotes
2 adjudicaciones
56.807 € sin IVA a 1 empresa.
Contrato de suministros
Mobiliario escolar
Valladolid
Lugar de ejecución del contrato.
Procedimiento abierto simplificado
Presentación electrónica
Dura 1 mes
Sin prórroga publicada en el anuncio.
2 lotes
Ofertas a uno o varios lotes · máximo 2 por oferta · máximo 2 por adjudicatario.
Adjudicación
| Lote | Resultado | Adjudicatario | Importe | Baja | Licitadores |
|---|---|---|---|---|---|
| Lote 001 | Formalizado06/10/2026 | EL SECRETARIO S.L.pyme | 51.971 € | 9,4 % | 1 |
| Lote 002 | Formalizado06/10/2026 | EL SECRETARIO S.L.pyme | 4835 € | 3,8 % | 1 |
Los 2 resultados publicados en PLACSP · importes sin IVA · la baja, sobre el presupuesto base del lote o del expediente.
Qué se contrata
- Expediente
- A2026/010047
- Tipo de contrato
- Suministros · Adquisición
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Lugar de ejecución
- Valladolid
Códigos CPV
Lotes (2)
| Lote | Objeto | Sin IVA | CPV |
|---|---|---|---|
| 001 | Mobiliario Específico 0-3 años. | 57.383 € | 39160000, 39161000 |
| 002 | Material Didáctico Específico 0-3 años. | 5025 € | 37520000, 39162100 |
Según el anuncio publicado en PLACSP; los pliegos mandan.
Plazos y presentación de ofertas
- Anuncio de licitación
- 03/08/2026
- Fin del plazo de ofertas
- 19/08/2026 a las 19:00
- Presentación de ofertas
- Electrónica
- Presentación por lotes
- Ofertas a uno o varios lotes · máximo 2 por oferta · máximo 2 por adjudicatario
- Duración del contrato
- 1 mes
Más detallesMenos detalles
- Variantes
- No se admiten
Fechas del anuncio; la hora límite y las notas, tal como las publica el órgano.
Importes y financiación
- Presupuesto base sin IVA
- 62.408 €
- Presupuesto con IVA
- 75.514 €
- Financiación
- No hay financiación con fondos de la UE
Presupuestos publicados, enteros; el valor estimado incluye prórrogas y opciones.
Condiciones del anuncio
Criterios de adjudicación
Lote 001: Mobiliario Específico 0-3 años.
Por fórmula, 100 % · por juicio de valor, 0 %
- Precio u oferta económica. Lote 1 · fórmula, precio95 %
- Compromiso de poner a disposición del órgano de contratación un servicio posventa y asistencia técnica para todos los materiales ofertados que garantice la reparación o sustitución del suministro defectuoso en un plazo máximo de 5 días. Lote 1 · fórmula5 %
Lote 002: Material Didáctico Específico 0-3 años.
Por fórmula, 100 % · por juicio de valor, 0 %
- Precio u oferta económica. Lote 2 · fórmula, precio95 %
- La valoración máxima será de 95 puntos, asignándose éstos a la oferta más baja, 0 a la que coincida con el presupuesto máximo de licitación y al resto, en proporción a estos dos valores · fórmula5 %
Solvencia y requisitos
Todo el expediente
- Condiciones especiales de ejecución
Consideraciones de tipo ambiental
En condiciones especiales de ejecución.
Eliminar desigualdades entre el hombre y la mujer
Eliminar las desigualdades entre el hombre y la mujer en el mercado laboral
Consideraciones tipo social
Incorpora clausulas sociales.
Lote 001: Mobiliario Específico 0-3 años.
- Solvencia económica y financiera
Cifra anual de negocio
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos 86.079,65 € (una ve… Ver todoVer menos
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos 86.079,65 € (una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año, y al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año). El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
- Solvencia técnica o profesional
Técnicos o unidades técnicas
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 89.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la relación la relación de los principales suministros efectuados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, c… Ver todoVer menos
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 89.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la relación la relación de los principales suministros efectuados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a: 40.170,50 € (con carácter general el 70 por ciento de la anualidad media del contrato) A requerimiento del órgano de contratación, los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público,; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 89.1 h) de la LCSP los licitadores que tengan la condición de empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, la acreditación de la solvencia técnica se efectuará de acuerdo con el artículo 89.1 b) con indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad debiendo contar con los siguientes perfiles profesionales: Las titulaciones referidas se acreditarán, cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, mediante la aportación del Curriculum Vitae de cada uno de los perfiles.
Trabajos realizados
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 89.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la relación la relación de los principales suministros efectuados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, c… Ver todoVer menos
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 89.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la relación la relación de los principales suministros efectuados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a: 40.170,50 € (con carácter general el 70 por ciento de la anualidad media del contrato) A requerimiento del órgano de contratación, los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público,; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 89.1 h) de la LCSP los licitadores que tengan la condición de empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, la acreditación de la solvencia técnica se efectuará de acuerdo con el artículo 89.1 b) con indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad debiendo contar con los siguientes perfiles profesionales: Las titulaciones referidas se acreditarán, cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, mediante la aportación del Curriculum Vitae de cada uno de los perfiles.
Lote 002: Material Didáctico Específico 0-3 años.
- Solvencia económica y financiera
Cifra anual de negocio
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos 7.537,28 € (una vez… Ver todoVer menos
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos 7.537,28 € (una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año, y al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año). El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
- Solvencia técnica o profesional
Trabajos realizados
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 89.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la relación la relación de los principales suministros efectuados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, c… Ver todoVer menos
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 89.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la relación la relación de los principales suministros efectuados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a: 3.517,40 € (con carácter general el 70 por ciento de la anualidad media del contrato) A requerimiento del órgano de contratación, los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público,; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 89.1 h) de la LCSP los licitadores que tengan la condición de empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, la acreditación de la solvencia técnica se efectuará de acuerdo con el artículo 89.1 b) con indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad debiendo contar con los siguientes perfiles profesionales: Las titulaciones referidas se acreditarán, cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, mediante la aportación del Curriculum Vitae de cada uno de los perfiles.
Técnicos o unidades técnicas
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 89.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la relación la relación de los principales suministros efectuados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, c… Ver todoVer menos
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 89.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la relación la relación de los principales suministros efectuados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a: 3.517,40 € (con carácter general el 70 por ciento de la anualidad media del contrato) A requerimiento del órgano de contratación, los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público,; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 89.1 h) de la LCSP los licitadores que tengan la condición de empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, la acreditación de la solvencia técnica se efectuará de acuerdo con el artículo 89.1 b) con indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad debiendo contar con los siguientes perfiles profesionales: Las titulaciones referidas se acreditarán, cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, mediante la aportación del Curriculum Vitae de cada uno de los perfiles.
Garantías y declaraciones
- Garantías
- Definitiva5 %
- Complementaria5 %
- Declaraciones exigidas
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
- Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
- Capacidad de obrar
- No prohibición para contratar
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- No estar incurso en incompatibilidades
Criterios de adjudicación, solvencia, garantías y declaraciones tal como las publica el anuncio; los pliegos mandan.
El pliego, leído por IA
BetaCon el plan Pro puedes pedir que la IA lea el pliego y complete esta ficha, con cada dato citado y su página. Ver planes.
Pliegos y documentos
Pliego administrativo
Pliego técnico
Documentos del expediente (9)
Documentos de los anuncios (3)
- Orden Resolucion adjudicacion v001.pdf
Documento de Acta de Resolución · Anuncio de Adjudicación
- Documento contractual firmado contratista v001.pdf
Documento de Acta de Formalización · Anuncio de Formalización
- Documento contractual firmado contratista v001.pdf
Documento de Acta de Formalización · Anuncio de Formalización
14 documentos del anuncio; los enlaces abren la plataforma de origen.
Historial de anuncios
- 03/08/2026Anuncio de Pliegos · Perfil del contratante
- 03/08/2026Anuncio de Licitación · Perfil del contratante
- 06/10/2026Anuncio de Adjudicación · Perfil del contratante
- 13/10/2026Anuncio de Formalización · Perfil del contratante
- 14/10/2026Anuncio de Formalización · Perfil del contratanterectificación o republicación
Cada publicación del expediente; varias del mismo tipo y medio son rectificaciones.
Los antecedentes cruzan las adjudicaciones del mismo órgano en las mismas categorías CPV a tres dígitos en los últimos tres años (resultado adjudicado o formalizado, adjudicatario identificado, importe no sospechoso); lo explica la metodología.