AdjudicadaLicitación · Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Ecija · expediente 1187/2026
Obras de reforma de los antiguos talleres de PRODIS para almacenes y dependencias municipales financiadas con cargo al Plan de Cooperación General "Sevilla107" de la Excma. Diputación de Sevilla
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Ecija adjudicó este contrato de obras por procedimiento abierto simplificado el 16/10/2026 a ECILIMP MANTENIMIENTO Y OBRAS SL por 83.527 € sin IVA (0,7 % de baja sobre 84.074 €), con 2 licitadores. En los últimos 3 años, Ayuntamiento de Écija, la entidad de la que depende, ha adjudicado 29 contratos en estas categorías (CPV 452, 453, 454) a 16 empresas distintas, con un importe medio de 243.998 € y una baja media del 10,9 %, según PLACSP.
Ver el expediente en la plataforma de origen Categoría CPV 452Categoría CPV 453Categoría CPV 454Licitaciones abiertas en Sevilla
Adjudicado
83.527 €
1 adjudicación sin IVA
Baja
0,7 %
sobre 84.074 € de presupuesto base
Licitadores
2
ofertas recibidas
Presupuesto
84.074 €
sin IVA
Adjudicado a ECILIMP MANTENIMIENTO Y OBRAS SL
83.527 € sin IVA · 0,7 % de baja · 2 licitadores
Contrato de obras
Remozamiento de edificios degradados
Écija, Sevilla
Lugar de ejecución del contrato.
Procedimiento abierto simplificado
Presentación electrónica
Dura 4 meses
Prórroga: De conformidad con lo previsto en el PCAP - Cláusula 32- no se contempla la posibilidad de prórroga.
Adjudicación
| Lote | Resultado | Adjudicatario | Importe | Baja | Licitadores |
|---|---|---|---|---|---|
| Único | Adjudicado16/10/2026 | ECILIMP MANTENIMIENTO Y OBRAS SLpyme | 83.527 € | 0,7 % | 2 |
El resultado publicado en PLACSP · importes sin IVA · la baja, sobre el presupuesto base del lote o del expediente.
Qué se contrata
- Expediente
- 1187/2026
- Tipo de contrato
- Obras · Otros acabados de edificios y obras
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Lugar de ejecución
- Écija, Sevilla
Códigos CPV
Según el anuncio publicado en PLACSP; los pliegos mandan.
Plazos y presentación de ofertas
- Anuncio de licitación
- 15/06/2026
- Fin del plazo de ofertas
- 06/07/2026 a las 23:59
- Presentación de ofertas
- Electrónica
- Duración del contrato
- 4 meses
- Prórroga
- De conformidad con lo previsto en el PCAP - Cláusula 32- no se contempla la posibilidad de prórroga.
Más detallesMenos detalles
- Obtención de documentación
- hasta el 06/07/2026
- Variantes
- No se admiten
Fechas del anuncio; la hora límite y las notas, tal como las publica el órgano.
Importes y financiación
- Presupuesto base sin IVA
- 84.074 €
- Presupuesto con IVA
- 101.730 €
- Financiación
- No hay financiación con fondos de la UE
Presupuestos publicados, enteros; el valor estimado incluye prórrogas y opciones.
Condiciones del anuncio
Criterios de adjudicación
Por fórmula, 100 % · por juicio de valor, 0 %
- Precio (hasta 70 puntos. · fórmula, precio70 %
Precio (hasta 70 puntos). Se valorará la oferta económica más ventajosa, otorgándose la máxima puntuación a la oferta de menor importe, y puntuándose el resto de forma proporcional conforme a la fórmula prevista en el PCAP -Cláusula 10.1-.
- Mejora nº2 (hasta 10 puntos). · fórmula10 %
Mejora nº2 (hasta 10 puntos). Conforme al PCAP -Cláusula 10.2.2.- La presente mejora consiste en la apertura de un nuevo hueco de ventana en fachada exterior, conforme a la ubicación definida en la documentación gráfica del proyecto, sin afección a elementos estructurales portantes. La actuación incluye los trabajos necesarios de albañilería para la formación del hueco, ejecución de cargadero o refuerzo constructivo si fuese preciso, y correcta terminación de los paramentos interiores y exteriores. La apertura del nuevo hueco de ventana se justifica por los siguientes motivos: -Mejora significativa de la ventilación natural de los espacios interiores. -Incremento de la iluminación natural, reduciendo la dependencia de iluminación artificial. -Mejora de las condiciones de salubridad interior, favoreciendo la renovación de aire. -Adecuación de los espacios a un uso combinado de almacén y dependencias administrativas. La actuación no afecta a la estructura portante del edificio y se limita exclusivamente a cerramientos de fachada, manteniendo la coherencia constructiva y formal del inmueble.
- Mejora nº1 (hasta 10 puntos). · fórmula10 %
Mejora nº1 (hasta 10 puntos). Conforme a PCAP -Cláusula 10.2.1-. La presente mejora consiste en la implantación de un sistema básico integrado de videovigilancia y alarma antiintrusión, destinado al control de accesos exteriores y a la protección de las zonas de archivo del edificio, con fines disuasorios y de apoyo a la seguridad. El sistema se proyecta como un conjunto sencillo, fiable y de fácil mantenimiento, adecuado a un edificio de uso municipal, sin incorporar tratamientos avanzados de datos ni servicios externos, y sin generar costes recurrentes de explotación. Sistema de videovigilancia El sistema de videovigilancia estará compuesto, como mínimo, por cinco (5) cámaras de videovigilancia IP, con resolución mínima Full HD (1080p), visión nocturna mediante infrarrojos y lente fija, distribuidas de la siguiente manera: 1 cámara en la puerta de acceso de planta baja. 1 cámara en la puerta de acceso de planta alta. 1 cámara en la zona de archivo de planta baja. 2 cámaras en la zona de archivo de planta alta, con objeto de garantizar una adecuada cobertura visual del espacio. Las cámaras se conectarán a un grabador digital de videovigilancia (NVR) con disco duro dedicado, ubicado en dependencia interior no accesible al público, con grabación continua o por detección de movimiento y borrado automático conforme a la normativa vigente. El sistema no contempla: Grabación de audio. Acceso remoto a las cámaras. Reconocimiento facial ni tratamiento automatizado de datos. Se dispondrá la señalización informativa obligatoria de zona videovigilada en los accesos al edificio. Sistema de alarma antiintrusión Como complemento al sistema de videovigilancia, se instalará un sistema básico de alarma antiintrusión, basado exclusivamente en detección perimetral, compuesto por los siguientes elementos: Central de alarma, ubicada en el interior del edificio, próxima al grabador de videovigilancia. Contactos magnéticos de apertura en las puertas de acceso del edificio. Teclado de control situado junto al acceso principal, que permitirá la activación y desactivación del sistema por parte del personal autorizado mediante código numérico. Sirena interior de alarma, destinada a la disuasión y alerta acústica en caso de intrusión. El sistema de alarma: No incorpora detectores volumétricos interiores. No dispone de sirena exterior. No se conecta a central receptora de alarmas ni a servicios externos.
- Mejora nº3 (hasta 10 puntos). · fórmula10 %
Mejora nº3 (hasta 10 puntos). Conforme a lo previsto en el PCAP -Cláusula 10.2.3-. Esta mejora consiste en la sustitución de las ventanas existentes, definidas en planos, actualmente resueltas mediante carpinterías de aluminio sin rotura de puente térmico y vidrio simple, por nuevas carpinterías de PVC color blanco, con acristalamiento tipo 6+4+6, de mayores prestaciones térmicas. La sustitución se limita exclusivamente a las ventanas definidas en la documentación gráfica, sin ampliación del número de huecos ni modificación de la composición de fachada. La mejora se justifica por los siguientes aspectos: -Reducción de pérdidas térmicas a través de la envolvente. -Mejora del comportamiento energético del edificio, alineada con los criterios del DB-HE, aunque no resulte estrictamente exigible. -Incremento del confort térmico interior, tanto en periodo invernal como estival. -Mejora del aislamiento acústico. -Reducción de costes de mantenimiento frente a carpinterías metálicas antiguas. La utilización de carpinterías de PVC blanco permite mantener una imagen homogénea y neutra, compatible con la estética actual del edificio.
Solvencia y requisitos
- Solvencia económica y financiera
Cifra anual de negocio
Cifra anual de negocio. De conformidad con lo previsto en el PCAP -Cláusula 22.3.1- referida a la solvencia económica y financiera. De conformidad con lo establecido en el artículo 159.4.a) de la LCSP todos los licitadores deberán estar inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Cl… Ver todoVer menos
Cifra anual de negocio. De conformidad con lo previsto en el PCAP -Cláusula 22.3.1- referida a la solvencia económica y financiera. De conformidad con lo establecido en el artículo 159.4.a) de la LCSP todos los licitadores deberán estar inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público por lo que la solvencia económica y financiera se acreditará con la siguiente clasificación GRUPO: C SUBGRUPO: 2 CATEGORIA DE CONTRATO: C No obstante, en aplicación del artículo 77.1.a) de la LCSP «Para los contratos de obras cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros la clasificación del empresario en el grupo o subgrupo que en función del objeto del contrato corresponda, y que será recogido en los pliegos del contrato, acreditará su solvencia económica y financiera y solvencia técnica para contratar. En tales casos, el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación como contratista de obras en el grupo o subgrupo de clasificación correspondiente al contrato o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia exigidos en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y detallados en los pliegos del contrato. /.../ En este sentido, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 87.1.a) de la LCSP, que establece como uno de los medios para acreditar la solvencia económica y financiera el siguiente «Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. El volumen de negocios mínimo anual exigido no excederá de una vez y media el valor estimado del contrato, excepto en casos debidamente justificados como los relacionados con los riesgos especiales vinculados a la naturaleza de las obras, los servicios o los suministros. El órgano de contratación indicará las principales razones de la imposición de dicho requisito en los pliegos de la contratación o en el informe específico a que se refiere el artículo 336» /.../
- Solvencia técnica o profesional
Trabajos realizados
Trabajos realizados. De conformidad con lo previsto en el PCAP -Cláusula 22.3.2- referida a solvencia técnica o profesional. El artículo 88.1.a) que establece que en los contratos de obras, la solvencia técnica del empresario deberá ser acreditada por uno o varios de los medios siguientes, a elec… Ver todoVer menos
Trabajos realizados. De conformidad con lo previsto en el PCAP -Cláusula 22.3.2- referida a solvencia técnica o profesional. El artículo 88.1.a) que establece que en los contratos de obras, la solvencia técnica del empresario deberá ser acreditada por uno o varios de los medios siguientes, a elección del órgano de contratación: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. /.../ A los efectos de clasificación de los contratistas de obras y de asignación de categorías de clasificación, el titular del Ministerio de Hacienda y Función Pública podrá fijar mediante Orden, a propuesta de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, una relación de subgrupos de clasificación para los que el citado periodo de diez años será de aplicación. Para la clasificación en los subgrupos no incluidos en dicha relación solo se tendrá en cuenta la obra ejecutada dentro de los cinco años anteriores al de inicio del procedimiento de clasificación o de revisión de clasificación, así como la ejecutada durante dicho año. /.../ A estos efectos, las obras ejecutadas por una sociedad extranjera filial del contratista de obras tendrán la misma consideración que las directamente ejecutadas por el propio contratista, siempre que este último ostente directa o indirectamente el control de aquella en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio. Cuando se trate de obras ejecutadas por una sociedad extranjera participada por el contratista sin que se cumpla dicha condición, solo se reconocerá como experiencia atribuible al contratista la obra ejecutada por la sociedad participada en la proporción de la participación de aquel en el capital social de esta. Por lo que respecta al umbral de solvencia ésta quedará acreditada con la siguiente clasificación empresarial GRUPO: C SUBGRUPO: 2 CATEGORIA DE CONTRATO: C O en su defecto el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución –dentro del citado periodo de 5 años- será igual o superior al 70% del Valor Estimado del Contrato.
- Condiciones especiales de ejecución
Consideraciones de tipo ambiental
De conformidad con lo previsto en el PCAP -Cláusula 11- se establecen condiciones especiales de ejecución del contrato ambientales, condiciones especiales de ejecución del contrato sociales y laborales y condiciones especiales de ejecución del contrato técnicas.
- Subcontratación
De conformidad con lo previsto en la Cláusula 17 del PCAP.
Garantías y declaraciones
- Garantías
- Definitiva5 %
- Declaraciones exigidas
- Capacidad de obrar
- No prohibición para contratar
Criterios de adjudicación, solvencia, garantías y declaraciones tal como las publica el anuncio; los pliegos mandan.
El pliego, leído por IA
BetaCon el plan Pro puedes pedir que la IA lea el pliego y complete esta ficha, con cada dato citado y su página. Ver planes.
Pliegos y documentos
Pliego administrativo
Pliego técnico
Documentos del expediente (5)
Documentos de los anuncios
- CERTIF ACUERDO ADJUD JGL 16-10-2026.pdf
Documento de Acta de Resolución · Anuncio de Adjudicación
8 documentos del anuncio; los enlaces abren la plataforma de origen.
Historial de anuncios
- 15/06/2026Anuncio de Pliegos · Perfil del contratante
- 15/06/2026Anuncio de Licitación · Perfil del contratante
- 20/10/2026Anuncio de Adjudicación · Perfil del contratante
Cada publicación del expediente; varias del mismo tipo y medio son rectificaciones.
Los antecedentes cruzan las adjudicaciones del mismo órgano en las mismas categorías CPV a tres dígitos en los últimos tres años (resultado adjudicado o formalizado, adjudicatario identificado, importe no sospechoso); lo explica la metodología.