Saltar al contenido
OpenMoney

Guía · Subvenciones

Concurrencia competitiva y concesión directa

En concurrencia competitiva las solicitudes compiten entre sí: se valoran con los criterios de las bases, se ordenan y se conceden por orden hasta agotar el crédito. En concesión directa no hay concurso: la subvención se da a quien fija la ley o el presupuesto, o a quien cumple unos requisitos, sin compararlo con otros.

Concurrencia competitiva (artículo 22.1 de la LGS)

Es el procedimiento ordinario. Una comisión valora las solicitudes con los criterios de las bases, las puntúa y adjudica en orden hasta que se acaba el dinero; si el crédito no llega, las bases pueden permitir el prorrateo. Es lo habitual en ayudas a pymes, I+D, cultura, cooperación, deporte o asociaciones: es la subvención que una empresa o una entidad puede planear pedir.

Por orden de entrada

Muchas ayudas de los últimos años (planes de renovación, digitalización, fondos europeos) se conceden a quien cumple los requisitos por orden de presentación hasta agotar el crédito. Según la norma que las regule se llaman concurrencia no competitiva o se tramitan como concesión directa; para quien las pide la regla es la misma: se acaban, y conviene tener la solicitud lista el día que se abre el plazo.

Concesión directa (artículo 22.2)

  • Las nominativas: las que el presupuesto de la administración ya asigna a un beneficiario concreto (una fundación, un club, un ayuntamiento).
  • Las impuestas por una ley.
  • Las de interés público, social, económico o humanitario que dificulten una convocatoria pública, aprobadas por real decreto o decreto: ayudas de emergencia, a un sector en crisis, a una entidad singular.

Se instrumentan a menudo por convenio. Son legales y a veces necesarias, pero no se pueden pedir: ya tienen destinatario.

Qué significa en los datos

Alrededor del 70 % de lo que registra la BDNS es concesión directa. Por eso el buscador de OpenMoney enseña por defecto solo las convocatorias en concurrencia competitiva, que son las que se pueden pedir, y deja añadir las de concesión directa que tienen bases y plazo; las nominativas y los convenios quedan fuera de las abiertas, aunque sí aparecen como concesiones en la ficha de quien las cobra.

Dónde verlo en OpenMoney

Norma de referencia: Ley 38/2003, General de Subvenciones (LGS). Texto revisado el . No es asesoramiento jurídico: comprueba las cifras vigentes en el pliego o en las bases de cada caso. Todos los términos de la guía.